Se multará con 10000 UT a los organizadores de las fiestas clandestinas que se realicen durante la emergencia sanitaria.


La redacción consensuada fija: “Durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria establecida por Decreto Provincial Nº 250/20, se aplicará la multa máxima establecida en el artículo 37 de esta norma”. El objetivo del texto es que el Municipio aplique la sanción máxima en el caso de que se realicen fiestas clandestinas durante la emergencia sanitaria por COVID-19. Monto que, de acuerdo a lo previsto en la Ordenanza es de 10.000 Unidades Tributarias, lo que representa un monto aproximado de 180 mil pesos.
